miércoles, 16 de mayo de 2007

Otros conocimientos sobre el cooperativismo

1.- ¿Cuáles son los principios cooperativos?

Los Principios Cooperativos son aquellas pautas que condensan los aspectos doctrinales. Si estos están presentes en cada uno de los momentos de la vida de una cooperativa estaremos en la certeza de desarrollar el espíritu de estas peculiares empresas. Ellos son:

Primer Principio: “Adhesión voluntaria y Abierta”. Las Cooperativas son organizaciones voluntarias, abiertas para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades que conlleva la condición de socios, sin discriminación de géneros, raza, clase social, posición política o religiosa.

Segundo Principio: “Control Democrático por parte de los Socios”. Las Cooperativas son organizaciones controladas democráticamente por sus asociados, los cuales participan activamente en la fijación de sus políticas y toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar a su cooperativa, responden ante los socios. En las cooperativas de primer grado los miembros tienen iguales derechos de voto (un miembro, un voto) y las de otros grados están también organizadas de forma democrática.

Tercer Principio: “participación económica de los Asociados” Los socios contribuyen de manera equitativa y controlan de manera democrática el capital de la cooperativa. Usualmente reciben una compensación limitada, si es que la hay, sobre el capital suscripto, como condición de socio. Los socios asignan excedentes para cualquiera o todos los siguientes propósitos:El desarrollo de la cooperativa, mediante la posible creación de reservas, de las cuales una parte debe ser indivisible; Los beneficios para los socios en proporción con sus transacciones con la cooperativa; y el apoyo a otras actividades según lo aprueben los socios.

Cuarto Principio: “Autonomía e Independencia”. Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua, controladas por sus socios. Si entran en acuerdos con otras organizaciones (incluyendo gobiernos) o tienen capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus socios y mantengan la autonomía de la cooperativa.

Quinto Principio: “Educación, Entrenamiento e Información”. Las cooperativas brindan educación y entrenamiento a sus socios, a sus dirigentes electos, gerentes y empleados, de tal forma que contribuyan eficazmente el desarrollo de sus cooperativas. Las cooperativas informan al público en general, particularmente a los jóvenes y creadores de opinión acerca de la naturaleza y beneficios del cooperativismo.

Sexto Principio: “Cooperación entre Cooperativa as”. Las Cooperativas sirven a sus socios más eficazmente y fortalecen el movimiento cooperativo, trabajando de manera conjunta por medio de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.
Séptimo Principio: “Compromiso con la Comunidad”. La cooperativa trabaja para el desarrollo sostenible de la comunidad por medio de políticas aceptadas por sus socios.

2.- ¿Cuáles son las características de las cooperativas?

El tema que desarrollaremos a continuación debe ser tenido muy en cuenta por cada uno de nosotros. Las siguientes características tienen la virtud de ser generales y universales para todo tipo de cooperativas.

• Tienen capital variable y duración ilimitada.
• No ponen límite estatutario al número de asociados, ni al capital.
• Conceden un sólo voto a cada asociado, cualquiera sea el número de sus Cuotas Sociales y no otorgan ventajas ni privilegio alguno a los iniciadores, fundadores y consejeros, ni preferencia a parte alguna del capital.
• Reconocen, un interés limitado a las Cuotas Sociales si el Estatuto autoriza aplicar
Excedentes a alguna retribución al capital.
• Deben contar con un número mínimo de diez (10) asociados, salvo las excepciones que expresamente admitirá la Autoridad de Aplicación y lo previsto para las cooperativas de grado superior.
• Distribuyen Excedentes en proporción al uso de los servicios sociales, de conformidad con las disposiciones de la Ley 20337, sin perjuicio de lo establecido por el Artículo Nº 42 para las Cooperativas o Secciones de Crédito.
• No tiene como fin principal, ni accesorio la propaganda de ideas políticas, religiosas, de nacionalidad, región o raza, ni imponen condiciones de admisión vinculados con ellas.
• Fomentan la educación cooperativa.
• Prevén la integración cooperativa.
• Prestan servicios a sus asociados y no asociados en las condiciones que para éste último caso establezca la Autoridad de Aplicación y con sujeción a lo dispuesto en el último párrafo del Art. 42 (Ley 20.337).
• Limitan la responsabilidad de los asociados al monto de las Cuotas Sociales suscriptas.
• Establecen que no se pueden repartir las Reservas Sociales y el destino desinteresado del sobrante patrimonial en caso de liquidación.

3.-¿Cómo está organizada una cooperativa?

Una cooperativa para cumplir con los objetivos para la cual fue formada debe organizarse internamente con el fin de que cada uno de los asociados posean funciones y roles que cumplir.
La cooperativa se organiza mediante la conformación de tres “órganos”: ASAMBLEA,
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN y SINDICATURA.

La ASAMBLEA: Es el órgano máximo y soberano. Se forma por la reunión de todos los asociados y es la encargada de delimitar las políticas y estrategia a desarrollar el los marcos generales. Aquí se expresa la voluntad de todos y cada uno de los asociados, decidiéndose democráticamente el rumbo a seguir. Por supuesto la asamblea es soberana, siempre y cuando las decisiones que tome se encuentren dentro de las leyes y reglamentaciones vigentes.

El CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN: Es un grupo de personas designadas por la asamblea para ejecutar y operativizar efectivamente lo dispuesto por ella. O sea es el órgano encargado de la ejecución y administración de la cooperativa. Este Consejo de
Administración rinde cuentas de su accionar en forma anual ante la asamblea general ordinaria, mediante el tratamiento del “balance” o ejercicio económico anual, entre otra documentación contable y social.

La SINDICATURA: Es el órgano de fiscalización privada de la cooperativa. El o los síndicos son personas designadas por la asamblea para verificar que el consejo de administración cumpla con la ley, el estatuto, los reglamentos y lo dispuesto por la asamblea. O sea es el órgano que controla el accionar del consejo de administración. Anualmente rinde cuenta ante la asamblea general ordinaria que lo eligió, mediante un informe.
A continuación realizamos un gráfico de los explicados anteriormente

4.- ¿Cuáles son los pasos a seguir para formar una Cooperativa?

• 1º Paso: Se conforma un grupo, con un mínimo de 10 personas.
ASAMBLEA
CONSEJO DE
ADMINISTRACIÓN
Designa para que ejecute y administre a SINDICATURA
Designado por la
Para que controle el accionar.

2º Paso: El grupo debate las necesidades que los unen, los recursos que disponen, los tiempos que poseen, etc. Luego buscan asesoramiento.

• 3º Paso: Si lo creen conveniente concurren a la U.C.P. de Cooperativas. Allí encontrarán asesoramiento y accederán al curso de capacitación.

• 4º Paso: Toman el curso de capacitación. A continuación y con todos los elementos y herramientas obtenidas, el grupo decide sobre si es conveniente o no conformar una entidad cooperativa. En caso que la respuesta sea positiva, se pasa al paso siguiente.

• 5º Paso: Se elabora el ESTATUTO SOCIAL y una vez concluido se realiza la
ASAMBLEA CONSTITUTIVA.

• 6º Paso: Se presenta la documentación para tramitar la Autorización para Funcionar, ante la U.C.P. de Cooperativas. Esta verifica que todo esté correcto y ajustado a la
Legislación vigente. En caso positivo emite la Resolución de Autorización para
Funcionar, dando existencia a la nueva cooperativa.

LOS ASOCIADOS

5.- ¿Cuándo se es Asociado?

Comenzaremos definiendo al asociado como toda persona de existencia física o ideal, que no tenga intereses contrarios a la cooperativa. Por lo tanto, la persona que adquiere el carácter de asociado de una cooperativa debe ser:
• Personas físicas mayores de 18 años o menores por medio de sus representantes legales o emancipados por matrimonio.
• Personas de existencia ideal (sociedades, asociaciones, etc.).
• Personas jurídicas de carácter público (Estado Nacional, provincial y/o Municipal).
• Que la conformación de una cooperativa, o su ingreso a una existente, satisfaga sus necesidades individuales.

Debemos aclarar que dentro de estos supuestos el ingreso es libre, pero podrá ser supeditado a las condiciones derivadas del objeto social. Además el ingreso puede también estará supeditado a que la cooperativa pueda brindar el servicio que presta en condiciones adecuadas. Por ejemplo: si una cooperativa vitivinícola trabaja sus instalaciones al máximo de su capacidad y posee mercado solamente para los vinos que produce, seguramente si un viñatero de la zona solicita el ingreso, la respuesta será que no. La fundamentación de esta respuesta se encuentra en que si permite el ingreso del viñatero, la cooperativa no podrá brindar un servicio acorde al recién llegado o deberá quitarles a sus asociados cupo de elaboración y/o comercialización para cedérselo al mismo, generándose una falta de equidad en el sistema.

6.-¿Cuáles son las obligaciones del asociado?

Se hace indispensable que los asociados conozcan una serie de obligaciones, que deben cumplir, a los efectos de encuadrarse dentro del marco legal vigente. Dentro de esas obligaciones a cumplir figuran:

a) Integrar cuotas sociales suscriptas.
b) Cumplir con las obligaciones que contrajera la cooperativa.
c) Acatar resoluciones de los órganos sociales, pudiendo recurrir contra ellos.
d) Comunicar domicilio fehaciente y posteriores cambios.
e) Cumplir la actividad o uso del servicio derivado del objeto social.
De este modo, es importante aclarar que el asociado que no cumple con estas obligaciones incurre en mora por vencimiento del plazo, quedando suspendidos automáticamente los ejercicios de derechos sociales, pudiendo ser excluido, previo sumario.

7.- ¿Y cuáles son sus derechos?

Así como se tienen obligaciones a cumplir, el asociado tiene derechos que debe hacer valer dentro de la entidad. Ellos son:
a) Utilizar los servicios de la Cooperativa.
b) Proponer iniciativas al Consejo de Administración y a la Asamblea.
c) Participar en la Asamblea con voz y voto.
d) Aspirar al desempeño de cargos en la Administración y Fiscalización, y siempre que las condiciones de elegibilidad lo permitan.
e) Solicitar la convocatoria a Asamblea Extraordinaria.
f) Tener libre acceso a las Constancias del libro de Registro de Asociados.
g) Solicitar al Síndico información sobre la Constancia de los demás libros.
h) Retirarse voluntariamente al finalizar el Ejercicio Social, dando aviso treinta días corridos de anticipación, por lo menos.
Entendemos que si cada asociado conoce bien sus derechos y obligaciones dentro de su cooperativa, difícilmente podrá ser engañado o estafado. Por ello, es necesario hacer valer siempre nuestros derechos, como cumplir con nuestras obligaciones, para que nuestra entidad este siempre fortalecida.
Pero existen algunos derechos universales que el asociado debe conocer como:

Derecho de igualdad: En la cooperativa todos los asociados tienen igualdad de derechos y obligaciones, por lo que se prohíbe conceder ventajas o privilegios a algunos de ellos, así sean fundadores o consejeros.

• Derecho de Información: Todo asociado tiene libre acceso al Registro de Asociados, no así a los demás libros a los que solamente se puede tener acceso por intermedio del síndico o de un consejero designado, de esta manera, podrá solicitar toda la información que requiera sobre el funcionamiento de la cooperativa.

Derecho a la Participación: La primera y principal obligación que tiene como asociado es de asistir a las Asambleas, hecho que realmente no ocurre, ya que la proporción reasistentes suele ser muy baja. El asociado debe ser consciente que en la Asamblea deberá tomar decisiones sobre la marcha, operaciones y objetivos a realizar, como así también escuchar y aprobar los informes y rendiciones de cuentas que realizan sus elegidos (Consejeros y Síndico), entre otros aspectos.

Derecho a la Educación: La educación cooperativa es la “regla de oro” dentro de los principios cooperativos, es la que debe alimentar un proceso de formación sólido de cada uno de los Asociados, sus roles y funciones dentro de la entidad. Recuerde que la Ley
20.337 establece la obligación de incluir en los Balances la reserva del 5% destinado para el Fondo de Educación y Capacitación Cooperativa.

8.- ¿Cómo se ingresa a una cooperativa?

Toda persona que quiera asociarse a una cooperativa, deberá presentar una solicitud por escrito ante el Consejo de Administración, prometiendo cumplir las disposiciones del Estatuto, de los Reglamentos que en su consecuencia se dicten, y a suscribir e integrar las cuotas sociales fijadas estatutariamente.
En el Anexo I se adjunta un modelo sugerido de solicitud de ingreso y un modelo de resolución del tratamiento de la solicitud.

9.-¿Qué es una Asamblea?

La Asamblea es el órgano supremo y soberano de la cooperativa en el que los asociados participan en pie de igualdad (1 VOTO POR PERSONA), a través de la cual expresan su voluntad social en la elección de órganos de administración (Consejo de Administración); en la elección de órganos de fiscalización (Sindicatura); y demás asuntos sometidos a su consideración.

10.-¿Que tipos de Asambleas existen?

Existen dos tipos, una la Asamblea General Ordinaria y otra la Asamblea General Extraordinaria. Una vez constituidas, cualquiera de las dos, sólo podrán considerarse los puntos incluidos en el Orden del Día.
En este sentido, se podrá pasar a cuarto intermedio una o más veces dentro de un plazo total de 30 días corridos, especificando en cada caso día, hora y lugar de reanudación, debiendo confeccionar un acta de cada reunión.

La asamblea ordinaria tiene por competencia considerar la Memoria, Balance General, Estados de Resultados y demás cuadros anexos. También son de su incumbencia los informes del síndico y del auditor, la distribución de resultados, la fusión e incorporación, la disolución, la participación de personas jurídicas de carácter público, entes descentralizados y empresas del Estado.

A su vez, serán temas de su incumbencia la asociación con personas de otro carácter jurídico, la elección de consejeros y síndicos y cualquier otro asunto incluido en el Orden del Día. Por todo lo anteriormente dicho, se desprende que las decisiones de la asamblea son obligatorias si están conforme a la ley, el estatuto y los Reglamentos si la cooperativa los tuviera. En cambio no son obligatorias por ejemplo cuando se decide el cambio sustancial del objeto social.
A continuación se detalla en un cuadro síntesis los aspectos generales de ambas asambleas.

Características de las Asambleas (AGO y AGE)
Asambleas General Ordinarias General Extraordinarias
Carácter Anual y obligatoria. Excepcional (cuando el tema a considerar así lo requiera).

11.-¿Cuándo deben realizarse?

Dentro de los 4 meses posteriores al cierre del ejercicio contable fijado por la entidad en el Estatuto.1 Cuando la urgencia de la decisión en el tema no permita la espera hasta la Asamblea
Ordinaria.


SÍMBOLOS DEL COOPERATIVISMO:

La Bandera:
La utilización de estos colores de los siete colores del arco iris para la Bandera del Cooperativismo, fue propuesta por Charles Gide reconocido cooperativista francés, pero recién en el año 1923, en el transcurso de una reunión de la Alianza Cooperativa Internacional (ACI), realizada en la ciudad de Gante, Bélgica fue aprobada como bandera y símbolo del cooperativismo. Gide siempre manifestó que la idea original del arco iris, emanaba Charles Fourier, otro cooperativista francés reconocido en el ámbito mundial.


SIGNIFICADO DE LOS COLORES:

Cada uno de estos colores tiene su propio significado:

Valor y coraje.


Visión de posibilidades del futuro.


Yo desafío en casa, familia y comunidad.


El crecimiento de ambos e individual.


Horizonte distante y la necesidad de ayudar.


Pesimismo que recuerda la necesidad de ayuda a sí mismo propio y al otro a través de la cooperación.
Belleza, calor humano y compañerismo.


Los 2 Pinos:

Los dos pinos representan la vida, al ser 2 simbolizan la hermandad, la unión, la solidaridad y la necesidad de un trabajo conjunto. Fue por eso que el movimiento los adoptó como símbolo oficial, luego de su creación en el año 1920, siendo en la actualidad estandarte más representativo del cooperativismo.Los dos pinos significan que se necesita más de uno para que exista cooperación.

Principios:

En el presente trabajo puede encontrar los principios Básicos del cooperativismo, la clasificación de este que se divide en 7 principios, libre acceso y adhesión voluntaria, control Democrático, distribución de excedentes en proporción a las operaciones, limitación de intereses al capital, neutralidad política y religiosa venta al contado, fomento de la educación y obras sociales. A sí mismo o solo eso sino además podemos ver lo que es la empresa como fuente de ocupación, la Fuentes de financiamiento los tipos de acciones preferentes y participantes, los prestamos fiduciarios o hipotecarios los tipos de bonos. Esto con el fin de saber de que forma se puede presentar el capital esto es mas usado en las empresas y entre gobiernos, como ejemplo podemos citar: Los eurobonos en Guatemala comprados por el presidente Alfonso Portillo y vendido en su mayor cantidad al IGSS, estos bono serán cobrados por el IGSS al gobierno con los interés correspondientes.


Ventajas para los cooperativistas:

Todos los socios de la cooperativa se benefician de las ventajas de pertenecer al AGRO CLUB CEPSA:

· Regalos, promociones, sorteos…
· Seguro de accidentes gratuito, de hasta 2.000.000 de pesetas.
· Descuento de hasta el 40% en el seguro de su vehículo de trabajo.
· Suscripción de regalo al boletín Buenas y Nuevas, con información sobre el campo en general y su actividad en particular.
· Servicio de atención al cliente, durante las 24 horas, los 365 días al año, llamando al teléfono 901 123 123.

Valores Cooperativistas:

-Ayuda Mutua: accionar conjunto de un grupo de personas para el bien común.
-Esfuerzo Propio: motivación y fuerza de voluntad de los miembros de las cooperativas con el fin de alcanzar sus metas.
-Responsabilidad: respeto de los compromisos adquiridos y consecuencias con los asociados.

Bases legales para Cooperativas :

El gobierno trazó las líneas generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2001-2007 en el cual prioriza el desarrollo de la economía productiva y el alcance de la justicia social como ejes fundamentales para transformar el país.

En el escenario que nos ocupa, los Diez Objetivos Estratégicos propuestos por el presidente Chávez en el taller de alto nivel, constituyendo el como alcanzaremos las metas del Plan de la Nación. En la constitución de un nuevo estado democrático, de derechos y justicia social juega un papel muy importante la promoción y el fortalecimiento de aquellas empresas que privilegian la asociatividad.

De estas, las cooperativas son las principales, pero deben ajustar su funcionamiento y administración no solo a los grandes ejes estratégicos sino a normas jurídicas, disposiciones de carácter general y de obligatorio cumplimiento dictadas por el Estado:

-La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
-La ley especial de asociaciones de Venezuela
-Reglamento interno de la Ley especial de asociaciones Cooperativas (actualmente en discusión)
-Resoluciones internas y provincias administrativas emanadas de la superintendencia nacional de cooperativas
-Estatus interno de la Cooperativa
-Reglamento interno de la Cooperativa
-Acuerdos y resoluciones de la asamblea
-La Ley de Creación, estímulo promoción y desarrollo de sistema micro financiero (marzo 2001)
-Ley de tierras y desarrollo agrario
-Leyes que regulan las actividades especiales

Democracia: toma de decisiones en forma colectiva en la atinente a la gestión de la cooperativa.

Igualdad: todos los asociados tienen iguales deberes y derechos.

Equidad: justa distribución de los excedentes entre los miembros de las cooperativas.

Solidaridad: apoyar, cooperar en las soluciones de problemas de los asociados, la familia y la comunidad.

También promueve los valores éticos de la honestidad, transparencia, responsabilidad social y compromisos por los demás.

lunes, 7 de mayo de 2007

Conociendo el cooperativismo

El Cooperativismo y las Cooperativas
1.- ¿Qué es el Cooperativsmo?

El cooperativismo es una herramienta que permite a las comunidades y grupos humanos participar para lograr el bien común. La participación se da por el trabajo diario y continuo, con la colaboración y la solidaridad.

2.- ¿Cuáles son los valores del El cooperativismo?
Como movimiento y doctrina, cuanta con seis valores básicos. Estos son: I. Ayuda Mutua.II. Responsabilidad.III. Democracia.IV. Igualdad.V. Equidad.VI. Solidaridad.

3.- ¿Cuáles son los principios del cooperativismo?

Como complemento de
los valores señalados, los principios básicos del cooperativismo son siete:

I. Membresía abierta y voluntaria.II. Control democrático de los miembrosIII. Participación económica de los miembros.IV. Autonomía e independencia.V. Educación, entrenamiento e información.VI. Cooperación entre cooperativas.VII. Compromiso por la comunidad.

4. - ¿Qué es una cooperativa?

La
cooperativa es una forma de organizar empresas con fines económicos y sociales, donde lo importante es trabajar en común para lograr un beneficio. Se diferencia de otro tipo de empresa en que es más importante el trabajo de los asociados que el dinero que aportan.

5.- ¿Cuál es el objetivo final del cooperativsmo?

Cooperar :

Es un hecho y un valor del ser humano, y tal sentido requiere de un fin de justifique su existencia estos fines los podemos clasificar como: fines sociales, fines económicos.


6.-Principios del Cooperativismos:

La entidad incluye un conjunto de los principios cooperativos revisados, descrito como pautas mediante las cuales las cooperativas ponen en práctica sus valores, estos son:

-Asociación voluntaria y abierta.
-Administración democrática por los asociados.
-Participación económica de los asociados


7.- ¿Cuál es el símbolo o emblema del cooperativsmo?



El símbolo del cooperativismo son dos pinos de color verde oscuro, sobre un fondo amarillo, encerrados en un círculo también verde. Los pinos significan inmortalidad, constancia y fecundidad, también la necesidad del esfuerzo común. El círculo significa la unión y la universalidad del cooperativismo. El fondo amarillo representa sol, que es la fuente de la vida para el hombre.



8.- ¿Cuál es la bandera del cooperativismo?

La bandera tiene siete franjas horizontales con los colores del arco iris. Dichos colores representan todas las banderas del mundo. Es un símbolo de la solidaridad de todas las personas y todas las naciones.

Tipos de cooperativas:

No obstante que pueden hacerse distintas clasificaciones de las cooperativas, es usual la que se hace con relación al objeto que desempeñan. Entre estas son mencionables las siguientes:

· Cooperativa de trabajo asociado o cooperativa de producción
· Cooperativa de consumo
· Cooperativa agraria
· Cooperativa de explotación comunitaria de la tierra
· Cooperativa de ahorro y crédito
· Cooperativa de servicios públicos
· Cooperativa de viviendas
· Cooperativa de servicios

Ahora bien según la calidad de los asociados, en Colombia y en España, han cobrado alguna importancia las Administraciones Públicas Cooperativas, que son las integradas, aún cuando fuere parcialmente, por entidades públicas.

-Para conformar una Cooperativa es necesario:

Paso 1:
Retirar la planilla de reserva de denominación en las

Oficinas Regionales de la Superintendencia, localizadas en las instalaciones estadales del INCE. Para seleccionar el nombre que llevará la cooperativa y consultar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas, si este nombre no corresponde a una cooperativa ya registrada.
Paso 2:
Luego de cinco (5) días hábiles, la Superintendencia Nacional de Cooperativas, certifica que la denominación consultada no pertenece a otra cooperativa y autoriza a que esta pueda ser registrada con esa denominación.
Esta constancia debe ser retirada en las

Oficinas Regionales de la Superintendencia, localizadas en las instalaciones estadales del INCE. La reserva tiene una duración de 90 días.
Paso 3:
Teniendo en cuenta que se tienen 90 días para realizar los posteriores procedimientos sin perder la reserva de denominación, el grupo de personas se reúnen y redactan los Estatutos que establecerán entre otras: la estructura organizativa de la cooperativa, normas de funcionamiento, aporte de los socios, etc. (Art. 13 LEAC).

Paso 4:
Una vez aprobados los Estatutos por los asociados, se acudirá al registro subalterno de la localidad para proceder a su registro y obtener así la personalidad jurídica de la cooperativa.
Es importante destacar que este servicio es gratuito en todos los Registros Subalternos del país.
Paso 5:
Enviar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, copia simple del registro de la cooperativa indicando: dirección completa, teléfonos y nombres de los directivos principales de la cooperativa.

Nota:Las cooperativas cuya actividad económica se corresponda con la prestación de algún servicio público, solicitarán al ente correspondiente la debida autorización.
Paso: 6:
Retirar en un período de diez (10) días hábiles la constancia de inscripción de las cooperativas en las oficinas regionales de la SUNACOOP

9.- ¿Qué debo conocer para conformarme en Cooperativas?

Es muy importante que antes de constituirse, las personas que quieran formarse en cooperativas estén conscientes de que estas asociaciones además de ser un instrumento de beneficio económico, son mecanismos de desarrollo social y cultural basados en la doctrina del cooperativismo, cuyo fundamento es la igualdad, equidad y solidaridad entre los miembros de estas asociaciones. Por lo tanto, en una cooperativa todos los asociados son sus propietarios, con igualdad de condiciones, derechos y deberes.
La cooperativa, es el sujeto protagónico del desarrollo endógeno, ya que promueve la democracia y la libre participación de todos sus asociados por igual, cumpliendo con el ideal de esta revolución Bolivariana a nivel económico, político y social.

El tiempo que se lleva conformar una cooperativa, depende del empeño y el tiempo de que dispongan las personas que la están formando. Sin embargo, la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, en su Capítulo II, "De la Constitución" determina la formalidad y trámite de la misma.
Es vital que los ciudadanos interesados en agruparse en cooperativas se capaciten a nivel educativo, a través de los talleres de cooperativismos impartidos por la Dirección de Educación e Investigación de la Superintendencia Nacional de Cooperativas.

Para empezar a formalizar la cooperativa e iniciarse la puesta en marcha del borrador del proyecto y que determinará la viabilidad de la cooperativa, se sugiere escoger tres (3), cinco (5) o cualquier número impar de personas que gocen de más prestigio y confianza dentro del grupo para conformar el comité promotor que coordinará el plan de acción para formar la cooperativa.
Antes de agruparse, se le sugiere a los asociados el diseño de un proyecto donde se establezca el plan de acción para la institucionalización de la cooperativa. También debe incluir un estudio que contemple la factibilidad, el control, las fechas de ejecución, objetivos, metodología, ambiente y entorno, necesidades y perfil de la demanda.

La Asamblea Constitutiva es la primera reunión formal en la que se levantará el Acta Constitutiva y que debe contener la siguiente información:

1. Denominación, duración y domicilio.
2. Determinación del Objeto Social.
3. Régimen de responsabilidad: Limitado o Suplementado y sus alcances.
4.
Condiciones de ingreso de los asociados. Sus derechos y obligaciones. Pérdida del carácter de asociado. Suspensiones y exclusiones.
5. Formas de organización de la cooperativa y normas para su funcionamiento, coordinación y control. Atribuciones reservadas a la reunión general de asociados o asamblea. Reglamentos internos y competencia para dictarlos.
6. Las normas para establecer la representación legal, judicial y extrajudicial.
7. Modalidades y toma de decisiones.
8. Formas de organización y normas con relación al trabajo en la cooperativa.
9. Formas y maneras de desarrollo de la actividad educativa. Funcionamiento de la o las instancias de coordinación educativa.
10. Régimen económico: organización de la actividad económica, mecanismos de capitalización y modalidades de instrumentos de aportación. Aportaciones mínimas por asociado, distribución de los excedentes y normas para la formación de reservas y fondos permanentes. Ejercicio económico.
11. Normas sobre la integración cooperativa.
12. Procedimientos para la reforma del estatuto.
13. Procedimiento para la transformación, fusión, escisión, segregación, disolución y liquidación.
14. Normas sobre el régimen disciplinario.

- En una cooperativa pueden participar todas las personas que se consideren convenientes. Sin embargo, para formarla la Ley exige un mínimo de cinco (5) personas.

- Los socios de una cooperativa deben reunir las siguientes condiciones:
• Motivación propia y libre de incorporarse a la cooperativa.
• Ser mayor de 18 años. En caso contrario, se requiere una autorización del representante legal, y el Ministerio de Trabajo, si se tienen más de 16 años.
• Estar en capacidad de recibir los servicios de la cooperativa.
• Tener la disposición a participar en las actividades operativas y administrativas de la cooperativa.
• Aceptar y cumplir los reglamentos y estatutos de la organización.
• Acatar las decisiones debidamente aprobadas por la Asamblea General de Socios.

EXPERIENCIA:

Desde el planteamiento del proyecto que el fue el día 22 de febrero del presente años hasta la elaboración y modificaciones del Blog (Herramienta que se utiliza para publicar cualquier tipo de la información en la web) hemos vividos diferentes circunstancias y dificultades a la hora de la realización de estos objetivos.

Primeramente se planteo el proyecto con la meteria de "Técnicas de Oficina" y recopilamos toda la información referente del tema tratado "El Cooperativismo", todos los grupos buscó información y después se unificó para obtener una información compacta, clara y precisa en todos los aspectos del Cooperativismo.

Para obtener más información referente al tema cada grupo se organizó para visitar una cooperativa, nosotros no fuimos la exepción, visitamos una cooperrativa llamada "Cooptemag", donde nos atendierón muy agradablemente y nos dierón a conocer toda la organización que existe en toda la organización que existe en una cooperativa, la dificultad que se nos presentó fue que primero visitamos una coopeerativa que estaba cerrada y no nos pudierón atender obiamente, por esto buscamos otra alternativa y encontramos a esta cooperativa ya mencionada recomendada por un compañero de clases (David Riera).

Después de haber recopilado la información necesaria y haber realizado un esquema de cada punto a desarrollar, nos ofrecierón un taller para aprender a realizar un Blog.

Para la realización de esta herramienta nos reunimos en tres ocasiones en la casa de un compañero del grupo (Plinio Becerra) el cual posee internet en su hogar y se nos hizó fácil en ese aspecto, pero tuvimos ciertas dificultades como: algunos de los integrantes tenían otros integrantes tenían otros compromisos accidentalmente y se tenían que retirar antes de lo acordado, tambiém por el poco tiempo dedicado a la herramienta, cada uno individualmente realizaba las modificaciones que veían pertinentes en el Cyber más cercano.

Para concluir y establecer mucho más los conocimientos adquiridos sobre "El Cooperativismo", nos ofrecierón un taller dictado por el profesor Jhoan Chourios el cual nos narró algunos conceptos referente al tema y realizó una actividad dinámica donde pudimos realizar las normativas de una Cooperativa y aprendimos como utilizar El Cooperativismo para ocasionar un bien común.

Esta fue la informacion que obtuvimos al realizar la encuesta:

"Encuesta a “Cooptemang” Zulaima Rodríguez (encuestado)"

La cooperativa la fundaron un grupo de 25 personas, en el barrio “El Silencio” calle 163-49f, el líder para la fundación de la cooperativa fue el señor Juan Carlos Urdaneta y se fundó por necesidad de empleo, esto fue un gran motivo para que formaran una cooperativa textil. Ellos no tienen otras sucursales, la única esta ubicada en la dirección antes mencionada.

En la actualidad sólo 12 personas en general conforman esta cooperativa, las cuales son, 4 costureras, 1 bordadora, 1 cortador, 3 personas en el departamento de administración, al igual 3 vendedores, uno de ellos en compra y venta y 2 en la calle vendiendo.

Ésta cooperativa ofrece como beneficio a la comunidad servicios y empleo a todas aquellas personas del sector que no tenían trabajo y un beneficio económico también, y a los socios les ofrece trabajo y una estabilidad económica.

Los servicios que ésta ofrece son: La elaboración de uniformes tanto escolares como deportivos, y elaboración de chaquetas. Las personas que conforman esta cooperativa si tuvieran la oportunidad de formar o pertenecer a un negocio lo harían en forma de cooperativa porque en estos tiempos debería existir la propiedad colectiva, equitativa igualitaria.